Reclamo de material vencido


  • Si vencida la fecha de devolución, el usuario no ha hecho entrega del material prestado, se le suspenderá el servicio de préstamo y se le enviará el formato de reclamación.
  • En caso de préstamo interbibliotecario, se suspenderá el servicio de préstamo a la institución prestataria y se hará la reclamación por vía correo tradicional o electrónico.
  • Si después de ocho (8) días de la primera reclamación, el aprendiz SENA no ha devuelto el material vencido, se reportará el hecho al coordinador respectivo, quien deberá iniciar las acciones pertinentes para la recuperación del material u determinar si hay lugar a tomar medidas disciplinarias de acuerdo al reglamento del aprendiz SENA.
  • Tratándose de empleados o pensionados o pensionados que estén en nómina SENA, que se encuentren en mora de devolución de material y pasado 1 mes después de la primera reclamación, se enviarán los reportes a la división de recursos humanos, acompañados de copia de la carta(s) de reclamación con los datos relativos al material demandado y la autorización de descuento firmada por el empleado o pensionado, para que se efectúe el cobro por nómina del valor que estipules la Oficina de Inventarios y su posterior descargo del inventario de la Biblioteca.
  • Cuando se trate de empresario, se enviará carta de reclamo para la devolución del material. Si pasado un mes, no se realiza la devolución se interrumpirá el préstamo de material a dicha empresa durante un año, y se iniciará el proceso de baja.

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